Modelo de escrito para la paralización del trabajo

en local

Si existe un riesgo grave e inminente para la salud del/la trabajador/a, este/a puede negarse a realizar el trabajo. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales faculta a los/as trabajadores/as interrumpir la actividad y/o abandonar el puesto de trabajo, siempre que considere que dicha actividad constituye un riesgo grave e inminente para su vida o su salud art. 21.2 LPRL. Debe existir riesgo real de contagio del COVID-19 debido a la exposición dañina al virus. La mera suposición o alarma social no es suficiente.

Los requisitos para que se pueda interrumpir y/o abandonar la actividad son los siguientes: Probabilidad (certidumbre de que se produzca el daño), inminencia (proximidad de materialización) y gravedad (consecuencias severas).

Se debe informar de inmediato a la empresa o superior jerárquico.

L@s trabajador@s no podrán sufrir represalia alguna, salvo que se demuestre que hubieran actuado de mala fe o con negligencia grave.

Si el empresario no prueba la mala fe o con negligencia grave , deberá:

a) Abonar el salario íntegro , sin poder exigir que se recuperen las horas.

b) el despido será nulo, ya que estaría contraviniendo el derecho fundamental a la vida ( art. 15 CE).

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